Canal Ético de
Grupo Ruesma

Información en relación a la existencia del Canal Ético de Grupo Ruesma

Con el objetivo de fortalecer una auténtica cultura de cumplimiento y actuar en coherencia con sus valores y principios, Grupo Ruesma ha implantado un Sistema Interno de Información confidencial, denominado Canal Ético. Este canal constituye el medio formal a través del cual cualquier persona que forme parte de la organización, o mantenga con ella una relación profesional, puede comunicar de forma segura, confidencial y responsable hechos que:

  • Constituyan riesgos materializados o potenciales, o sobre los que existan indicios fundados de haberse producido.
  • Puedan generar responsabilidades civiles y/o penales para  Grupo Ruesma.
  • Supongan incumplimientos del Código Ético de la organización.
  • Se encuadren en el Protocolo de actuación frente al acoso laboral, sexual y por razón de sexo, así como en las medidas de garantía de la igualdad real y efectiva de las personas LGTBIQ+.
  • Representen indicios o pruebas de la comisión de posibles delitos en el seno de la compañía.

Asimismo, se recuerda que la responsabilidad no recae únicamente en quien comete una infracción, sino también en aquellas personas que, teniendo conocimiento de un comportamiento inadecuado, lo toleren, lo aprueben o no lo comuniquen de forma inmediata a sus superiores jerárquicos o al gestor del Canal Ético.

Canal Ético de

Características y uso del Canal Ético

El Canal Ético ha sido diseñado atendiendo a las siguientes características y principios generales de funcionamiento:

  • Confidencialidad: el acceso a la información recibida a través de cualquiera de estos medios especificados es restringido y limitado. Las comunicaciones serán tomadas muy en serio y serán recepcionadas por un tercero independiente para garantizar la absoluta confidencialidad del informante. También está prevista la posibilidad de realizar comunicaciones anónimas, aunque alentamos a identificarse para poder garantizar una efectiva protección del informante, y poder recabar más información sobre los hechos comunicados.
  • Buena fe: se debe reportar con responsabilidad. Un reporte responsable significa un reporte que se hace de buena fe. El comunicante no necesita estar completamente seguro de todos los hechos, sin embargo, se espera que sea honesto al reportar.
  • Prohibición de represalias: se garantiza que no se produzcan represalias o cualquier tipo de consecuencias negativas contra nadie que comunique, de buena fe, una posible mala conducta o que ayude con una investigación. Al contrario, valoraremos muy positivamente el compromiso con la compañía y la colaboración en fortalecer el compromiso de tolerancia cero con la comisión de ilícitos. Cualquier empleado que considere que ha sido víctima de represalias por haber reportado un problema de buena fe o por haber asistido de buena fe en una investigación, deberá reportar el asunto inmediatamente a través del Canal Ético. 
  • Proporcionalidad: todas las notificaciones recibidas son tratadas de forma equivalente, con independencia de quién sea el remitente.
  • Toma de decisión: las decisiones relativas a cómo instruir una investigación o cuándo desestimar notificaciones son adoptadas de forma trazable (documentada) y pautada, conforme al Protocolo de gestión del Canal Ético implantado en Ruesma.
  • Plazos: se garantiza el cumplimiento con los plazos establecidos en la legislación que resulta de aplicación, en función de los diferentes ámbitos de notificación.
  • Protección de datos personales: los datos de carácter personal incorporados en las notificaciones son tratados conforme a lo establecido en la legislación.
  • Derechos del informante y de la persona investigada: se garantiza que los derechos y deberes del informante y de la persona investigada sean respetados en todo momento.

El incumplimiento de la obligación de reportar constituirá una infracción muy grave en el Sistema Disciplinario.

Por último, reiterar que la colaboración de todos y cada uno de los integrantes de Ruesma es fundamental para un correcto desarrollo del Modelo de Prevención de Riesgos Penales.

FAQs